Resolución de 24 de agosto de 2007, del Director General de Ordenación y Gestión del Juego, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica el requerimiento de documentación a don Antonio Maestre Roda,...

SecciónD - Anuncios
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyResolución

Por la Dirección General de Ordenación y Gestión del Juego de la Consejería de Hacienda se ha requerido documentación a efectos de poder completar el expediente de solicitud de cambio de titularidad en el establecimiento de hostelería citado en el título de la presente Resolución. La notificación al interesado se ha intentado en dos ocasiones conforme a la exigencia contenida en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que se haya conseguido practicar por causas no imputables a esta Administración.

Por ello, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 del mismo texto legal, se procede por la presente a publicar dicho Acuerdo de revocación de la autorización cuyo texto íntegro se une como Anexo. Asimismo, se informa al interesado que también se ha efectuado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.

En Madrid, a 24 de agosto de 2007.—El Director General de Ordenación y Gestión del Juego, PS (Orden de 27 de julio de 2007, de la Consejería de Hacienda), el Jefe de Área de Inspección, Pedro Santiago Pérez Escolar.

ANEXO

Examinada la solicitud de autorización para la instalación de máquinas recreativas y recreativas con premio programado, en el local sito en Parla (Madrid), calle Pablo Casal, sin número, presentada en fecha 10 de julio de 2007, le comunico que deberá remitir la documentación que a continuación se especifica en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la notificación. Se le informa que transcurrido dicho plazo sin que se hayan aportado todos los documentos requeridos en el plazo concedido impide hace constar el cambio de titularidad mediante la diligencia correspondiente en el cajetín de la autorización prevista a tal efecto y puede constituir una infracción...

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