ORDEN 54/2006, de 24 de abril, de la Consejería de Inmigración, por la que se modifica la Orden 1308/2005, de 27 de junio, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales para la cofinanciación de proyectos y programas de Cooperación para el ...

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Inmigracion
Rango de LeyOrden

ORDEN 54/2006, de 24 de abril, de la Consejería de Inmigración, por la que se modifica la Orden 1308/2005, de 27 de junio, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales para la cofinanciación de proyectos y programas de Cooperación para el Desarrollo y de Educación para el Desarrollo y Sensibilización de la población madrileña, y se convocan las subvenciones para el ejercicio 2006.

El Decreto 85/2005, de 15 de septiembre, de la Comunidad de Madrid, estableció las bases para la creación de la Agencia para la Inmigración, disponiendo, en su artículo 1.º, la creación y competencias de la Consejería de Inmigración, como órgano superior de la Comunidad de Madrid al se que atribuye la dirección y ejecución de la política del Gobierno de la Comunidad de Madrid en materia de inmigración y cooperación al desarrollo. Posteriormente la Ley 4/2005, de 14 de diciembre, crea el Organismo Autónomo de carácter administrativo Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación adscrito a la Consejería de Inmigración, a la que le corresponde el diseño, elaboración, planificación, gestión, cumplimiento y evaluación de las políticas de Inmigración y Cooperación al Desarrollo, de las que la Administración autonómica es competente, conforme a las directrices políticas establecidas por la Consejería competente en materia de Inmigración y Cooperación al Desarrollo.

En cumplimiento de esas atribuciones, y de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ("Boletín Oficial del Estado" número 276, de 18 de noviembre), y la normativa autonómica, Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, aprobado por Decreto 76/1993, de 26 de agosto, y el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995, y demás disposiciones aplicables, y a tenor de los principios de publicidad, concurrencia y objetividad, se procede a modificar determinados aspectos de la Orden 1308/2005, de 27 de junio, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 163, de fecha 11 de julio de 2005), por la que se establecían las bases reguladoras de subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales para la cofinanciación de proyectos y programas de Cooperación para el Desarrollo y de Educación para el Desarrollo y Sensibilización de la población madrileña, y a realizar la convocatoria para el año 2006.

La convocatoria de subvenciones se efectúa de acuerdo con las prioridades, requisitos y recursos establecidos en el Plan Anual 2006 de Cooperación para el Desarrollo de la Comunidad de Madrid, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de Madrid de fecha 2 de marzo de 2006.

En virtud de ello,

DISPONGO

TÍTULO PRIMERO Artículos 1 a 9

Bases reguladoras

Artículo 1

Se modifica el artículo 9, punto 2, apartado b), de la Orden 1308/2005, que quedará redactado de la siguiente manera:

La entidad solicitante deberá acreditar documentalmente una antigüedad de un año, como mínimo, a contar desde la inscripción de la entidad en el correspondiente Registro de Entidades No Lucrativas.

Artículo 2

Se modifica el artículo 9.3 de la Orden 1308/2005, que queda redactado de la siguiente manera:

Subvención máxima. En proyectos de Cooperación al...

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