Oferta de empleo público– Decreto 41/2016, de 3 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2016

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, así como en el artículo 18 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, la Ley 6/2015, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2016, se configura como título habilitante para la publicación de la presente Oferta de Empleo Público.

La citada habilitación ha de hacerse efectiva dentro del escenario contemplado por la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, cuyo artículo 20, bajo la rúbrica "Oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal", establece determinadas medidas en materia de empleo público, teniendo carácter básico una gran parte de las mismas y resultando, por tanto, estas últimas de aplicación a la totalidad de las Administraciones Públicas.

Entre ellas, destaca la regulada en el apartado uno.2 del precepto de referencia, en el que se duplica la tasa de reposición de efectivos para determinados sectores y colectivos que se detallan en el mismo, estableciéndose en un porcentaje máximo del 100 por 100, y disponiéndose, para los no contemplados expresamente, un máximo del 50 por 100 en la citada tasa.

De este modo, siendo consciente de que el escenario descrito permite un refuerzo de los efectivos adscritos a sectores esenciales y prioritarios para el funcionamiento de los servicios públicos, el Gobierno Regional aprueba en el presente ejercicio la mayor Oferta de Empleo Público de los últimos ocho años en el sector de Administración y Servicios, con la incorporación al mismo de profesionales altamente cualificados, logrando una racional distribución de los recursos humanos existentes en la organización administrativa, así como el equilibrio y la estabilidad en el empleo y la prestación de unos servicios públicos de calidad que satisfagan, en todo momento, las expectativas de los ciudadanos.

En consecuencia, a las plazas incluidas en las Ofertas de Empleo Público para el personal docente, de instituciones sanitarias y de los Cuerpos de Bomberos y Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, aprobadas y publicadas en el pasado mes de abril, se adicionan las contenidas en esta Oferta, destinadas, mayoritariamente, a las oficinas de empleo, a los colectivos que tienen encomendadas funciones de control y lucha contra el fraude fiscal, sanitario y laboral, y a cuantos desarrollan tareas y actuaciones de gestión de la asignación eficiente de los recursos públicos.

Asimismo, en la intención de efectuar una más ajustada evaluación de las necesidades de personal y una mejor ordenación de los procesos de gestión en materia relativa al empleo público, y en concordancia con el derecho a la progresión en la carrera profesional y a la promoción interna de los empleados públicos reconocido en el artículo 14 del citado texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se incluyen las plazas que habrán de ser objeto de convocatoria mediante procesos de promoción interna específica, todo ello en términos acordes al contexto económico-presupuestario actual.

Finalmente, como cada año, la Comunidad de Madrid prosigue su tarea de incorporación de personas con discapacidad, potenciando su participación y haciendo efectivas las disposiciones contenidas en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad de Madrid, estableciendo, conforme a la normativa básica estatal, una reserva de, al menos, el 7 por 100 del total de las plazas ofertadas en aquellos cuerpos y categorías en que dicha posibilidad tenga cabida.

En virtud de cuanto antecede, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 3 de mayo de 2016,

DISPONE

Artículo 1

Aprobación de la Oferta de Empleo Público y principios rectores en el acceso al empleo público

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 7 y 18 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y en el artículo 22 de la Ley 6/2015, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2016, se aprueba la Oferta de Empleo Público Regional para esta anualidad en los términos que se establecen en el presente Decreto.

La selección de personal para la cobertura de las plazas que se hacen constar en este Decreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 55 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, atenderá a los principios rectores que, junto a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad y cuantos otros pudiera señalar la normativa específica de aplicación, han de presidir el acceso al empleo público y la adquisición de la relación de servicio, siendo estos los siguientes: a) Publicidad de las convocatorias y de sus bases. b) Transparencia. c) Imparcialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección. d) Independencia y discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. e) Adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar.

f) Agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.

Artículo 2

Cuantificación de la Oferta de Empleo Público

La Oferta de Empleo Público, dentro de las limitaciones derivadas de la tasa de reposición de efectivos establecida en el apartado uno.2 del artículo 20 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, y de conformidad con la autorización contenida en la disposición adicional segunda del presente Decreto, incluye las plazas de personal funcionario y laboral del sector...

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