Mesa contratación– Orden 668/2014, de 10 de julio, por la que se hace pública la designación con carácter permanente de los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Sanidad

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

El artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, regula la composición de la Mesa de Contratación que debe existir en cada Consejería, siendo competencia del órgano de contratación la designación de sus miembros.

Por Orden 429/2012, de 8 de mayo, se designó a los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Sanidad. La nueva estructura organizativa, así como las nuevas denominaciones establecidas en las unidades administrativas de la Secretaría General Técnica, aconsejan disponer de una nueva composición de la Mesa de Contratación.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 18 del Decreto 49/2003, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Designar a los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Sanidad que, con carácter permanente, tendrá la siguiente composición:

Presidente: Será el titular de la Secretaría General Técnica, en relación con los contratos que se financien con cargo al programa presupuestario del que es responsable y los Directores Generales correspondientes, en relación con los contratos que se tramiten en el ámbito de sus competencias y se financien con cargo a cada uno de sus respectivos programas de gasto.

En los supuestos de suplencia del titular, la presidencia será ejercida por la persona designada por este que deberá ostentar como mínimo el nivel de Subdirector General del órgano promotor del expediente.

Vocales: - Los Subdirectores, Jefes de Áreas o Servicios que actúen como unidades promotoras de los contratos en relación con los cuales se constituya la Mesa. - Los Técnicos integrantes de las Subdirecciones, Áreas o...

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