Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA)Concesión becas– Resolución de 10 de septiembre de 2014, de la Directora-Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), por delegación del Consejo de Administración del IMIDRA de 28 de diciembre de 2006, sobre concesión de becas de formación personal investigador y de tecnólogos, convocadas mediante Orden 673/2014, de 29 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de mayo)

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyResolución

Vista la propuesta del órgano instructor previsto en el artículo 13.2 de la Orden 904/2012, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de becas de tecnólogos y formación personal investigador en el Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) de la Comunidad de Madrid, la Directora-Gerente del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA), por delegación de 28 de diciembre de 2006, del Consejo de Administración del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario (IMIDRA) y de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de dicha Orden,

RESUELVE

Primero

Adjudicar la beca convocada a los candidatos, con la siguiente priorización según el orden de puntuación obtenido:

BECAS DE TECNÓLOGOS

TÍTULO: Aplicación y valoración de técnicas de reproducción asistida y análisis de material genético dirigidas a las especies ganaderas Tutor: Don Jesús Dochao Méndez

Apellidos y nombre Expediente Cursos Memoria TOTAL ADJUDICACIÓN

CAMINO GUTIÉRRREZ, ELIAZAR 39,39 0 5 44,39 TITULAR LLOREDA BRAVO, VALERIANO 22,61 3 15 40,61

Segundo

Los beneficiarios de las becas de tecnólogos quedan obligados a: a) Desarrollar con aprovechamiento la labor objeto de la beca ajustándose a las normas establecidas por el tutor respectivo y a las disposiciones reglamentarias del Instituto Madrileño de Investigación y Desarrollo Rural, Agrario y Alimentario.

  1. Presentación de una Memoria antes del 1 de diciembre de cada año que comprenda la totalidad de la labor realizada y sus conclusiones, incluyendo copia de los trabajos que se hayan podido publicar. Dicha Memoria contará con el visto bueno del tutor respectivo. Asimismo, se presentará un informe del tutor.

  2. Los beneficiarios de las becas convocadas en esta Orden están obligados a hacer constar la participación del IMIDRA en cualquier publicación resultante de su labor.

  3. El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria requiere dedicación exclusiva y, por tanto, es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados, españoles o extranjeros, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado. No

    obstante, sí serán compatibles con las percepciones que procedan de tareas docentes o investigadoras directamente asociadas con la actividad de investigación desarrollada por el personal investigador en formación y...

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