JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 5 DE GRANADA

SecciónAdministración de Justicia
MARTES 19 DE ENERO DE 2010B.O.C.M. Núm. 15 Pág. 251
cedimiento Laboral advirtiendo a la empresa
demandada que en caso de recurrir deberá
constituir un depósito por importe de 150,25
euros y además deberá acreditar, al anunciar
el recurso, haber consignado la cantidad de
la condena, en la “Cuenta de depósitos y
consignaciones” abierta de este Juzgado con
el número 133200006501656/08, en “Ba-
nesto”, urbana plaza Borrull, número 27, de
Castellón, pudiendo sustituirse por el asegu-
ramiento mediante aval bancario en el que
deberá hacerse constar la responsabilidad
solidaria del avalista, todo ello de acuerdo
con lo establecido en los artículos 227 y 228
Y para que conste y sirva de notificación
a “Alta Gestión, Sociedad Anónima, Em-
presa de Trabajo Temporal”, con domicilio
conocido en plaza Manuel Gómez Moreno,
número 3, de Madrid, se encuentran actual-
mente en ignorado paradero, así como para
su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente
en Castellón de la Plana, a 14 de diciembre
de 2009.—La secretaria judicial (firmado).
(03/305/10)
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 5 DE GRANADA
EDICTO
Doña María Dolores García-Contreras Mar-
tínez, secretaria del Juzgado de lo social
número 5 de Granada.
En los autos número 135 de 2007, segui-
dos a instancias de “Lo Mónaco Hogar, So-
ciedad Limitada”, contra don Juan Casano-
va González, en los que se ha dictado auto
de insolvencia de fecha 3 de diciembre de
2009, cuya parte dispositiva es del tenor li-
teral siguiente:
Se aprueba la liquidación de intereses y
costas practicada en las presentes actuacio-
nes por importe total de 647,75 euros.
Encontrándose consignada en la “Cuenta
de consignaciones” de este Juzgado la canti-
dad de 2.075,36 euros, póngase en cono-
cimiento de la parte actora que tiene a su
disposición la cantidad de 625,75 euros, im-
porte de intereses; transfiérase al Registro
de Bienes Muebles de Madrid la cantidad de
22 euros, para lo cual expídanse a tal efectos
los correspondientes mandamientos de de-
volución.
Existiendo un sobrante de 1.427,61 euros
a favor del ejecutado, hágasele saber a don
Juan Casanovas González que se encuentra
a su disposición en la Secretaría de este Juz-
gado mandamiento de pago a su favor por
importe de 1.427,61 euros. Asimismo, hága-
sele saber que transcurrido un año sin que el
mencionado mandamiento sea entregado o
sin ser cobrado, se transferirá a la cuenta es-
pecial de “Fondos provisionalmente aban-
donados”.
Una vez dado cumplimiento, procédase al
archivo de lo actuado.
Asimismo, adviértase a las partes que, en
su caso, de conformidad con la disposición
adicional decimoquinta de la Ley Orgánica
1/2009, de 3 de noviembre, al momento de
interponer el recurso deberán presentar res-
guardo acreditativo de haber consignado la
cantidad de 25 euros en concepto de depósi-
to en la cuenta corriente de “Consignaciones
judiciales”, abierta a tal efecto en el “Banco
Español de Crédito”, oficina 4290, sita en
avenida de la Constitución, número 32, de
esta ciudad, debiendo especificar en el im-
preso que el número de procedimiento
es 1736/0000/30/0135/07.
Así por este auto lo acuerda, manda y fir-
ma la ilustrísima señora doña María Mila-
grosa Velástegui Galisteo, magistrada-juez
del Juzgado de lo social número 5 de Grana-
da. Doy fe.—La secretaria judicial (firma-
do).—La magistrada-juez de lo social (fir-
mado).
Y para que sirva de notificación en legal
forma a don Juan Casanova González, cuyo
actual domicilio o paradero se desconocen,
libro el presente edicto.
Dado en Granada, a 3 de diciembre
de 2009.—La secretaria judicial (firmado).
(03/511/09)
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE GUADALAJARA
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Y REQUERIMIENTO
Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judi-
cial del Juzgado de lo social número 2 de
Guadalajara.
Hago saber: Que en el procedimiento de
ejecución número 241 de 2009-A de este
Juzgado de lo social, seguido a instancias de
don Vasile Cojocaru, contra don Pablo Sán-
chez Martínez, se ha dictado en el día de hoy
auto que es del tenor literal siguiente:
Auto
En Guadalajara, a 9 de diciembre de 2009.
Parte dispositiva:
1. Se despacha ejecución a instancias
de don Vasile Cojocaru, contra don Pablo
Sánchez Martínez, por un importe de
1.068,08 euros de principal, más 213,62
euros que se calculan provisionalmente y
sin perjuicio de posterior liquidación para
intereses y costas.
2. Se acuerda trabar embargo sobre los
bienes del ejecutado en cuantía suficiente para
cubrir dichas cantidades, y desconociéndose
bienes concretos para practicar el embargo, se
acuerda para la investigación del patrimonio
librar oficios a la Jefatura Provincial de Tráfi-
co de esta ciudad, al Servicio de Índices del
Registro de la Propiedad de Madrid (calle
Príncipe de Vergara, número 72, de Madrid) y
al excelentísimo Ayuntamiento de Meco
(Madrid). Asimismo, investíguese, a través de
los programas informáticos concertados vía
Internet, el patrimonio que del ejecutado
conste en la Agencia Estatal de la Administra-
ción Tributaria, y si consta en la Tesorería
General de la Seguridad Social percepción de
algún tipo de prestación por parte de empresa
u organismo.
3. Adviértase y requiérase al ejecutado
en los términos exactos expuestos en los ra-
zonamientos jurídicos cuarto y quinto.
4. Adviértase al ejecutado que si deja
transcurrir los plazos que se le conceden, y
en la forma indicada en el razonamiento ju-
rídico sexto, se le podrá imponer el abono de
apremios pecuniarios por cada día que se re-
trase.
Notifíquese la presente resolución a las
partes. Para la notificación al ejecutado, lí-
brese edicto para su publicación en el BOLE-
TÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MA-
DRID.
Modo de impugnación: contra la misma
no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la
oposición que pueda formularse por el eje-
cutado en el plazo de diez días, por defectos
procesales o por motivos de fondo (artícu-
relación con los artículos 556 y 559 del mis-
mo texto legal), sin perjuicio de su ejecutivi-
dad.
Así por este auto lo mandó y firmó el ilus-
trísimo magistrado-juez don José Eduardo
Martínez Mediavilla. Doy fe.—La secreta-
ria judicial (firmado).—El magistrado-juez
de lo social (firmado).
Se advierte al destinatario que las si-
guientes comunicaciones se harán en los es-
trados de este Juzgado, salvo las que revis-
tan forma de auto o sentencia o se trate de
emplazamiento.
Y para que le sirva de notificación y re-
querimiento en legal forma don Pablo Sán-
chez Martínez, en ignorado paradero, expi-
do la presente para su inserción en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
En Guadalajara, a 9 de diciembre
de 2009.—La secretaria judicial (firmado).
(03/515/10)
JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE JAÉN
EDICTO
El secretario judicial del Juzgado de lo so-
cial número 2 de Jaén.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue
la ejecución número 176 de 2009, sobre eje-
cución de títulos judiciales, a instancias de
doña María Dolores Rozas Marín, contra
don Alberto Molina Repollo, “Galería Uni-
versal Pamoavil I, Sociedad Limitada”,
“Relaxalud, Sociedad Limitada”, “Bio-
Clynics, Sociedad Limitada”, “Aqua Test
Pamoavil I, Sociedad Limitada”, don Jorge
Ávila Maye, don Fernando Paniagua Durán
y don Raúl Rodrigo Rodríguez, en la que
con fecha de hoy se ha dictado auto despa-
chando ejecución, cuya parte dispositiva es
del tenor literal siguiente:
Parte dispositiva:
Su señoría ilustrísima dijo: Se despacha
ejecución a instancias de doña María Dolo-
res Rozas Marín, contra don Alberto Molina
Repollo, “Galería Universal Pamoavil I, So-
ciedad Limitada”, “Relaxalud, Sociedad Li-
mitada”, “Bio-Clynics, Sociedad Limitada”,
“Aqua Test Pamoavil I, Sociedad Limita-
da”, don Jorge Ávila Maye, don Fernando
Paniagua Durán y don Raúl Rodrígo Rodrí-
guez, y en su virtud procédase, sin previo re-
querimiento de pago al embargo de bienes,
derechos y acciones de la propiedad de los
demandados en cantidad suficiente a cubrir

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