Extracto
DECRETO 1/2002, de 17 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Tras la efectividad del traspaso de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud a la Comunidad de Madrid, se hace necesario adaptar la estructura, organización y funciones de la Consejería de Sanidad.Por otro lado, el Decreto 155/2001, de 20 de septiembre, establece la nueva organización básica de las distintas Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad de Madrid.Para ello es necesario dotar a la Consejería de unos Órganos de Dirección y de Gestión que planifiquen, gestionen y articulen adecuadamente la complejidad derivada del proceso trasferencial, de forma que la nueva organización permita hacer frente a este reto de la manera más eficaz.La nueva estructura de la Consejería de Sanidad pretende, además, implantar el diseño organizativo del nuevo modelo sanitario previsto en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), que separa las funciones de Autoridad Sanitaria de las de Compra y de las de Prestación de Asistencia Sanitaria.A tales efectos, se establecen mecanismos para garantizar la efectividad de los derechos de los madrileños en relación con el Sistema Sanitario, adscribiéndose a la Consejería los siguientes Entes Públicos: Servicio Madrileño de Salud, que, como Servicio de Salud de la Comunidad de Madrid, integra todos los recursos presupuestarios públicos destinados a la asistencia sanitaria en el territorio de la Comunidad de Madrid; el Instituto Madrileño de la Salud, como Ente instrumental proveedor de los servicios sanitarios; el Instituto de Salud Pública, como órgano de apoyo científico y técnico del Sistema Sanitario, que desarrolla actividades de planificación, gestión y evaluación de los Servicios de Salud Pública; la Agencia de Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid que desarrolla actividades encaminadas a la mejora y adecuación de la formación de los profesionales sanitarios, de la investigación científica y la innovación tecnológica en el campo de las ciencias de la salud; y, por último, la política sanitaria de la Comunidad de Madrid referida a un aspecto muy concreto, el del tratamiento del drogodependiente como enfermo,...
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Documentos citados
- Ley Organica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas especiales en materia de Salud publica.
- Ley 3/1999, de 30 de marzo, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid
- Ley 1/1983, de 13 de Diciembre de 1983, del Gobierno y administracion de la Comunidad de Madrid - Artículos 21 , 41 , 44 , 46 , 47
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