Menú escolar– Orden 2585/2014, de 12 de agosto, por la que se establece el precio del menú escolar a aplicar durante el curso 2014-2015 en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Rango de LeyOrden

La Orden 917/2002, de 14 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se regulan los comedores colectivos escolares en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid de la Consejería de Educación, establece que el coste diario del servicio de comedor será a cargo de los usuarios del mismo y tendrá un precio general único para todos.

Complementariamente, la Orden 9954/2012, de 30 de agosto, por la que se modifica la citada Orden 917/2002, de 14 de marzo, incluye la posibilidad de que la Consejería competente en materia de educación pueda establecer precios reducidos del menú escolar en función de las circunstancias socioeconómicas y familiares de los alumnos.

Por lo expuesto, en ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y teniendo en cuenta el Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,

DISPONGO

Artículo 1

Precio diario general del menú escolar

Se fija en 4,87 euros el precio diario del menú escolar a aplicar durante el curso escolar 2014-2015 en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Precios reducidos del menú escolar

  1. Se fija en 1 euro el precio diario del menú escolar a aplicar durante el curso 2014-2015 en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid a los beneficiarios de la Renta Mínima de Inserción. 2. Se fija en 3 euros el precio diario del menú escolar a aplicar durante el curso 2014-2015 en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid a familias Víctimas del Terrorismo. 3. Se fija en 3 euros el precio diario del menú escolar a aplicar durante el curso 2014-2015 en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid a alumnos en acogimiento familiar. 4. Se fija en 3 euros el precio diario del menú escolar a aplicar durante el curso 2014-2015 en los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad de Madrid a familias con una renta per cápita familiar inferior a 4.000 euros en el ejercicio 2012.

Artículo 3

Exención de pago

  1. Aquellos alumnos escolarizados en centros docentes...

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