RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se hace público acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Madrid relativo al Plan Parcial de Ordenación del Sector 1 'Ensanche' de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de El Escorial, promovido por el Consorci

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se hace público acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Madrid relativo al Plan Parcial de Ordenación del Sector 1 'Ensanche' de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de El Escorial, promovido por el Consorcio Urbanístico 'El Escorial' (Ac. 271/02).

La Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2002, examinó el expediente relativo al Plan Parcial de Ordenación del Sector 1 'Ensanche' de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de El Escorial, promovido por el Consorcio Urbanístico Escorial.

En virtud del contenido de los informes evacuados por la Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, y demás obrantes en el expediente, y de conformidad con la propuesta formulada por dicha Dirección General, que se elevó a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid adoptó acuerdo con la siguiente fundamentación:

  1. El expediente de referencia consta de los antecedentes que a continuación se relacionan:

    1. o La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el 23 de abril de 2002, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar inicialmente el Plan Parcial del Sector 1 'Ensanche' en desarrollo de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de El Escorial y someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, dando traslado al Ayuntamiento de El Escorial y a los organismos afectados para la emisión de informe durante el mismo plazo (Ac. 107/02).

      El trámite de información pública se llevó a cabo mediante la publicación de los correspondientes anuncios en el diario 'ABC' del día 7 de mayo de 2002 y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 113, del día 14 de mayo de 2002.

    2. o Durante el período de audiencia se han emitido informes por los distintos organismos consultados. A continuación se relacionan dichos informes, recogiéndose la valoración que se efectúa en el informe emitido por la Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional, respecto a su contenido y a la incorporación de sus determinaciones al presente Plan Parcial:

      - Dirección General de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, con fechas 7 de junio y 15 de julio de 2002.

      Los aspectos que se señalaban en su primer informe han sido recogidos en la documentación gráfica y normativa urbanística del Plan Parcial. En consecuencia, en el segundo informe se señala que ha sido corregido gráficamente, la solución propuesta por esa Dirección General, la vía perimetral, y en consecuencia se informa favorablemente.

      - Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio de Medio Ambiente, con fechas 27 de mayo y 23 de julio de 2002.

      Exige un estudio y delimitación del dominio público hidráulico y de los cauces afectados y en particular del arroyo El Lavar, así como un análisis de las posibles incidencias por avenidas extraordinarias y la delimitación de zonas inundables.

      Al respecto, se ha realizado el 'Estudio hidrológico-hidráulico del arroyo El Lavar', compuesto de Memoria y Planos de perfiles transversales, zonas de dominio público, servidumbre, inundable y policía del arroyo El Lavar y plano de superposición con el planeamiento de las zonas señaladas.

      El contenido del referido informe sectorial, relativo a la regulación normativa, se ha incorporado al documento número 2: 'Normas Urbanísticas', así como a los planos de ordenación.

      En este sentido el segundo informe constata que han sido corregidos los aspectos normativos y señala la necesidad de obtener previamente autorización para llevar a cabo las obras, momento en que deberá completarse el estudio hidráulico, tomando en cuenta la situación futura, con las afecciones al régimen hidráulico del arroyo.

      - Dirección General de Agricultura (Servicio de Desarrollo Agrario: Vías Pecuarias) de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, con fechas 27 de junio y 25 de julio de 2002.

      Señala la necesidad de incluir en el Proyecto de Urbanización el acondicionamiento y señalización de las Coladas, así como en las ordenanzas particulares la necesidad de introducir la regulación establecida en la Ley 8/1998, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid.

      Para la Colada número 7 de Guadarrama y Colada número 9 de Cebadillas propone unas soluciones alternativas recogidas en los planos de ordenación.

      Los aspectos normativos exigidos se recogen en la normativa urbanística del Plan Parcial, y gráficamente se señalan y se cuantífica la superficie de las coladas en los planos de ordenación.

      En el informe complementario informa favorablemente la documentación...

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