RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se hace público acuerdo por el que se rectifica el error material detectado en el Plano 22.D "Códigos Normativos", tras la Aprobación Definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de Alcorcón, de la Clave...

SecciónC - Otras Disposiciones
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RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, por la que se hace público acuerdo por el que se rectifica el error material detectado en el Plano 22.D "Códigos Normativos", tras la Aprobación Definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de Alcorcón, de la Clave de la Ordenanza 24.1 (Naves Escaparate), debiendo figurar la clave 22.1 (Nave Adosada), del término municipal de Alcorcón (Ac.: 90/2002).

Por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en sesión celebrada el día 25 de abril de 2002, se adoptó acuerdo por el que se rectifica el error material detectado en el Plano 22.D "Códigos Normativos", tras la Aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de Alcorcón, de la Clave de la Ordenanza 24.1 (Naves Escaparate), debiendo figurar la Clave 22.1 (Nave Adosada), del término municipal de Alcorcón, del siguiente tenor literal:

I. El Ayuntamiento de Alcorcón solicita que se rectifique el error material detectado en el plano 2.d "Códigos Normativos", de su Plan General de Ordenación Urbana, consistente en la grafía de la ordenanza asignada a las parcelas industriales que integran la manzana consolidada delimitada por la calle Chile y las carreteras M-501 a San Martín de Valdeiglesias y N-V a Extremadura, en el que figura la clave 24.1 (Naves escaparate), debiendo figurar la clave 22.1 (Nave adosada).

II. Analizado por la Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes el contenido del documento presentado por el Ayuntamiento de Alcorcón, en informes técnico y jurídico de fechas 13 y 15 de marzo de 2002, respectivamente, se considera que:

Analizada la documentación del Plan General vigente, respecto a la manzana afectada, se comprueba que la tipología edificatoria de las naves existentes responde a construcciones adosadas, formando hilera y los parámetros que constituyen la ordenanza relativa a la Clave 24, no se adecuan a los que han sido considerados para la consolidación de la zona. Igualmente se comprueba que, el Plan General anterior, la Clave de ordenanza asignada al ámbito que nos ocupa es la 22, correspondiente a "Nave Adosada".

De lo anterior se deduce que la ordenanza aplicable a la zona de referencia debe ser la correspondiente a "Nave adosada", que es la que obedece a la tipología consolidada, y que, por tanto, será aplicable únicamente en el supuesto de...

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