Currículo enseñanzas– Orden 2930/2014, de 16 de septiembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establece el currículo de inglés avanzado de Bachillerato para los Institutos Bilingües de la Comunidad de Madrid

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE
Rango de LeyOrden
MARTES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2014Pág. 54 B.O.C.M. Núm. 226
BOCM-20140923-13
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
BOCM
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Juventud y Deporte
13 ORDEN 2930/2014, de 16 de septiembre, de la Consejería de Educación, Juven-
tud y Deporte, por la que se establece el currículo de inglés avanzado de Bachi-
llerato para los Institutos Bilingües de la Comunidad de Madrid.
La regulación del currículo de Bachillerato está, actualmente, contemplada en el Real
Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del Bachillera-
to y se fijan sus enseñanzas mínimas, y para el ámbito específico de la Comunidad de
Madrid en el Decreto 67/2008, de 19 de junio, por el que se establece para la Comunidad
de Madrid el currículo de Bachillerato. La disposición adicional cuarta del citado Real De-
creto 1467/2007, de 2 de noviembre, dispone que las Administraciones educativas podrán
autorizar que una parte de las materias del currículo se impartan en lenguas extranjeras, sin
que ello suponga modificación de los aspectos básicos del currículo regulados en este Real
toriza a la Consejería competente en materia de Educación a impartir en lenguas extranje-
ras parte de las materias del currículo, con las excepciones previstas en la misma y sin que
ello suponga modificación de los aspectos básicos del currículo regulados en el menciona-
do Real Decreto.
La Consejería de Educación, Juventud y Deporte, con la finalidad de garantizar la con-
tinuidad de sus estudios en el modelo de enseñanza bilingüe español-inglés a los alumnos de
los institutos bilingües que han finalizado la Educación Secundaria Obligatoria, tiene inten-
ción de ampliar las enseñanzas en inglés a la etapa de Bachillerato en el curso 2014-2015.
Por lo tanto, en el marco de la citada normativa se ha elaborado el currículo de Inglés
Avanzado para Bachillerato. El currículo que se define en la presente Orden incluye los
contenidos mínimos fijados en el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre. En su ela-
boración se han seguido las directrices establecidas por el Consejo de Europa en el “Marco
común europeo de referencia de las lenguas”. Asimismo, consolida el enfoque metodológi-
co planteado en los currículos de la etapa anterior.
Por último, con el fin de facilitar al profesorado el correcto desarrollo del currículo ex-
puesto en el Anexo I, la presente Orden incorpora un Anexo II, que incluye orientaciones e
indicaciones didácticas precisas para su efectiva aplicación.
En el proceso de elaboración de esta Orden ha emitido dictamen el Consejo Escolar de
la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el artículo 2.1 de la Ley 12/1999, de 29 de abril,
de Creación de Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, modificado por el artículo 29
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición final pri-
mera del Decreto 67/2008, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se estable-
ce para la Comunidad de Madrid el currículo de Bachillerato,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto y ámbito de aplicación
1. La presente Orden establece el currículo de Inglés Avanzado para Bachillerato en
desarrollo de lo dispuesto en los artículos 3,5y6delRealDecreto 1467/2007, de 2 de no-
viembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato y se fijan sus enseñanzas mí-
nimas y los artículos 6y7delDecreto 67/2008, de 19 de junio, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece para la Comunidad de Madrid el currículo de Bachillerato.
2. Esta Orden será de aplicación a los institutos bilingües de la Comunidad de
Madrid que impartan la etapa de Bachillerato a partir del curso escolar 2014-2015.
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Artículo 2
Objetivos, contenidos y criterios de evaluación de la materia
El currículo de Inglés Avanzado para Bachillerato, del que forman parte las enseñanzas
mínimas fijadas en el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, es el que figura en el
Anexo I de la presente Orden, en el que se establecen los objetivos, contenidos y criterios de
evaluación de la materia de Inglés, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 67/2008, de 19
de junio. Esta Orden incorpora, asimismo, un Anexo II con orientaciones didácticas.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA
Implantación
El currículo de Inglés Avanzado se implantará a partir del año académico 2014-2015
para el primer curso de Bachillerato y en el año académico 2015-2016 en segundo curso.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación para la aplicación e interpretación
Se autoriza a la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza y a la Di-
rección General de Educación Secundaria y Enseñanzas de Régimen Especial de la Conse-
jería de Educación, Juventud y Deporte para dictar, conjuntamente o en el ámbito de sus
respectivas competencias, cuantas instrucciones sean precisas para la aplicación e interpre-
tación de esta Orden.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 16 de septiembre de 2014.
La Consejera de Educación, Juventud y Deporte,
LUCÍA FIGAR DE LACALLE

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