Catálogo de montes– Decreto 81/2014, de 17 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara la prevalencia del uso como vivienda social sobre el forestal en la franja de terreno de 28.190 metros cuadrados, situada en el monte denominado “Dehesa Boyal”, propiedad del Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real, incluido en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid con el número 53, desafectando dicha parcela, y se aprueba su permuta por otra franja de terreno de 32.181 metros cuadrados colindantes con el mismo, propiedad de dicho Ayuntamiento, modificando el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Comunidad de Madrid

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyDecreto

Mediante acuerdo plenario de 13 de abril de 2013, el Ayuntamiento de Rozas de Puerto Real aprueba la propuesta de exclusión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública (en adelante CUP) de una superficie de 29.460 metros cuadrados, de los cuales 28.190 metros cuadrados corresponden al dominio público forestal (MUP 53 "Dehesa Boyal") y 1.270 metros cuadrados corresponderían a dominio público pecuario ("Colada del Mediodía o Camino de la Sierra" y "Colada del Camino de Escalona"), cuyo objeto es la utilización de ese terreno para la creación de una red de viviendas sociales.

Con fecha 24 de junio de 2013, la Dirección General del Medio Ambiente, competente en materia de vías pecuarias, emite informe favorable a la permuta, donde señala que antes del comienzo de las obras previstas para viviendas sociales, el Ayuntamiento deberá construir al sur de su ubicación actual la manga ganadera, los corrales y el abrevadero que se ven afectados por la permuta y será de igual o superior tamaño, características y calidad a los ahora existentes, debiendo finalizar su construcción antes del inicio de las obras.

Los informes emitidos por la Dirección General del Medio Ambiente, de fechas 27 de septiembre de 2013 y 26 de febrero de 2014, son negativos en cuanto a la desafectación del carácter de vía pecuaria, dado que no respetaría la continuidad de las vías pecuarias afectadas. Por tal motivo, la superficie solicitada de 1.270 metros cuadrados de vía pecuaria seguirá manteniendo su carácter de dominio público pecuario.

Para compensar la disminución de superficie que soportará el monte número 53 del CUP, el Ayuntamiento ofrece integrar en dicho monte una superficie de 32.181 metros cuadrados pertenecientes a dos parcelas de su propiedad (parcelas 149 y 150 del polígono 6 de Rozas de Puerto Real) y colindantes con el monte, para su declaración de utilidad pública y su inclusión en el CUP, añadiéndolas al monte número 53.

Por Resolución 2014-704-ADPF, de 10 de abril, del Director General del Medio Ambiente, se somete a los trámites de audiencia a los interesados e información pública la permuta, siendo publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 120, de 22 de mayo de 2014.

Durante el plazo establecido no se presentaron alegaciones.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 16.4 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y 21.1.c) de la Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y de Protección de la Naturaleza de la Comunidad de Madrid...

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