Procedimiento compensación fiscal– Acuerdo de 19 de mayo de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de compensación fiscal para el año 2011, de determinadas tasas municipales vinculadas al inicio de actividades profesionales o empresariales

Extracto


Procedimiento compensación fiscal– Acuerdo de 19 de mayo de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el procedimiento de compensación fiscal para el año 2011, de determinadas tasas municipales vinculadas al inicio de actividades profesionales o empresariales

Ante la situación de crisis actual, caracterizada por una sensible inestabilidad que limita la inversión, el consumo y el crédito, lo que provoca un impacto negativo en el empleo y en el bienestar general de la población, resulta aconsejable que las Administraciones Públicas apoyen a las personas físicas que emprendan actividades económicas y a las empresas de reducida dimensión, que son uno de los pilares de la actividad económica y por lo tanto del empleo.

La Comunidad de Madrid, en aras de favorecer el impulso de la actividad económica y la creación de empleo, quiere promover una línea de ayudas que sufrague los gastos en que las personas físicas que emprendan actividades económicas y las empresas reducidas incurran con motivo del pago de las tasas locales relacionadas con el inicio de las respectivas actividades profesionales o empresariales siempre que dichas tasas estén vinculadas al inicio de las señaladas actividades. La finalidad es el establecimiento de una medida complementaria a la moratoria de cinco años ya aprobada en la Ley 9/2010, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Racionalización del Sector Público de la Comunidad de Madrid para 2011, respecto de las tasas autonómicas, ya que, con respecto a las municipales, se carece de competencias normativas.

El Consejo de Gobierno acordó el 11 de marzo de 2010 el procedimiento de compensación fiscal para el año 2010 de las tasas municipales vinculadas al inicio de sus respectivas actividades profesionales o empresariales que hubieran sido abonadas durante el año 2010. Desde la entrada en vigor del citado programa y hasta el 31 de diciembre de 2010, esta medida ha beneficiado a 1.108 emprendedores, lo que ha supuesto un ahorro económico por cada emprendedor de casi 800 euros. Dado el éxito alcanzando con esta medida, se pretende continuar ayudando a los emprendedores que inicien una actividad económica durante el año 2011.

Con ello, se profundiza en la adopción de medidas urgentes que permitan reactivar la economía madrileña impulsando la creación de empresas, estableciendo una compensación fiscal de determinadas tasas municipales que sean exigibles a las personas físicas que ejerzan actividades económicas y a las empresas de reducida dimensión por razón de la prestación de servicios o realización de actividades administrativas vinculadas al inicio de sus respectivas actividades profesionales o empresariales, articulándose a través del procedimiento dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad de Madrid para 2011.

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece en el artículo 26.1.1.17 que corresponde a la Comunidad de Madrid la plenitud de la función legislativa en materia de fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional.

El Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, atribuye a esta, a través de la Dirección General de Economía, Estadística e Innovación Tecnológica, las competencias de planificación, programación, promoción y colaboración en la atracción de inversiones a la Comunidad de Madrid, y la colaboración y promoción en proyectos de apoyo a la actividad empresarial, tales como inversión, modernización y cooperación.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, en todo lo que constituye legislación básica; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y en particular la disposición adicional octava de la Ley 8/2010, de 23 de diciembre, de Presu-

puestos de la Comunidad de Madrid para 2011, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, en su reunión de 19 de mayo de 2011,

ACUERDA

Primero

Aprobar las normas del procedimiento para la compensación fiscal para el año 2011 de determinadas tasas municipales que sean exigibles a las personas físicas que ejerzan actividades económicas y a las empresas de reducida dimensión por razón de la prestación de servicios o realización de actividades administrativas vinculadas al inicio de sus respectivas actividades profesionales o empresariales que se adjunta como Anexo al presente Acuerdo.

Segundo

El presente Acuerdo surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Acordado en Madrid, a 19 de mayo de 2011.

El Consejero de Economía y Hacienda, La Presidenta,

ANTONIO BETETA BARREDA ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

ANEXO

Primero

Objeto

El presente Acuerdo tiene por objeto regular el contenido y el procedimiento de compensación fiscal para el año 2011 de determinadas tasas municipales que sean exigibles a las personas físicas que ejerzan actividades económicas y a las empresas de reducida dimensión por raz...

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