Resolución de 6 de abril de 2006, de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se ordena la publicación de los Acuerdos de inicio de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de protección animal.

SecciónD - Anuncios
EmisorConsejería de Economía e Innovación Tecnológica
Rango de LeyResolución

Resolución de 6 de abril de 2006, de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se ordena la publicación de los Acuerdos de inicio de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de protección animal.

Habiéndose procedido por esta Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural a la iniciación de procedimientos sancionadores por supuestas infracciones en materia de protección animal, y no habiendo sido posible la notificación de las mismas en el domicilio de sus destinatarios,

HE RESUELTO

Ordenar su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda, a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según se especifica en el Anexo Único.

Lo que se comunica a los interesados, los cuales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 en relación con el artículo 28 del citado texto legal, podrán formular recusación, en cualquier momento de la tramitación del expediente, contra el Instructor del procedimiento, cuyos datos le serán facilitados en la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural, ronda de Atocha, número 17, sexta planta, 28012 Madrid.

Asimismo, y en aplicación del artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública en la Comunidad de Madrid, en los quince días hábiles siguientes a la publicación de esta Resolución, podrán solicitar ante el Instructor del procedimiento la práctica de las pruebas que estimen pertinentes, pudiendo igualmente aducir alegaciones en la forma establecida en el artículo 79 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Teniendo en cuenta el tratamiento informático de datos de carácter personal, le informamos de que el expediente en cuestión obra en las dependencias de esta Dirección General (ronda de Atocha, número 17, 28012 Madrid). Los datos personales contenidos en este documento serán tratados informáticamente en los términos del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, pudiendo ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y...

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