ORDEN 120/2007, de 23 de agosto, por la que se resuelve la convocatoria de un puesto de trabajo adscrito a la Di ­ rección General de Juventud, convocado por Orden 2020/2007, de 20 de abril, del Consejero de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), de provisión de puestos de trabajo mediante el sistema de Concurso de ...

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Aprobada mediante Orden 2020/2007, de 20 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de mayo), convocatoria para provisión de puestos de trabajo por el sistema de Concurso de Méritos en la Consejería de Educación.

Considerando que en el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de la Comunidad de Madrid; de la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, y de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo, así como las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria ya mencionadas.

En virtud del Decreto 7/2007, de 20 de junio, por el que se stablece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, la competencia atribuida para proceder a la adjudicación del puesto convocado y adscrito a la Dirección General de Juventud, corresponde, de conformidad con el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, a la Consejería de Deportes.

Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable emitido por la Consejería de Hacienda,

RESUELVO

Primero

Declarar asignado el puesto de trabajo al funcionario que se expresa en el Anexo.

A los efectos previstos en el artículo 3 de la Ley 4/1989, el dato de la “Puntuación obtenida por los adjudicatarios en el concurso” se entiende referido a las puntuaciones que la Junta de Méritos expuso en su día, según lo dispuesto en el artículo 8 de la citada Ley, dado que en el apartado 3 del mismo artículo se establece que las propuestas de las Juntas de Méritos serán, en cualquier caso, firmes y vinculantes.

Segundo

Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre).

Tercero

Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLETÍN OFICIAL DE...

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